Vencimientos

Vehículo Público

La primera revisión se debe hacer a los 2 años ( a partir de la fecha de la matrícula iniciar) y después cada año.

Vehículo Particular

La primera revisión se debe hacer a los 5 años (a partir de la fecha de la matrícula inicial) y después cada año.

Motos

La primera revisión se debe hacer a los 2 años (a partir de la fecha de la matrícula inicial) y después cada año.

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