
Vehículo Público
La primera revisión se debe hacer a los 2 años ( a partir de la fecha de la matrícula iniciar) y después cada año.

Vehículo Particular
La primera revisión se debe hacer a los 5 años (a partir de la fecha de la matrícula inicial) y después cada año.

Motos
La primera revisión se debe hacer a los 2 años (a partir de la fecha de la matrícula inicial) y después cada año.